Para la Corte Suprema, el concurso de las empresas de Cristóbal López es fraudulento
El máximo tribunal declaró nula la convocatoria de acreedores que se había iniciado en Comodoro Rivadavia a pedido del empresario kirchnerista. Con este fallo se convierte en exigible el pago de la deuda
La
Corte Suprema de Justicia declaró la nulidad de la apertura del
concurso preventivo de Oil Combustibles, la empresa petrolera de
Cristóbal López.
Según informó el Centro de Información Judicial (CIJ), el máximo
tribunal decidió declarar procedente el recurso extraordinario que había
interpuesto la AFIP y revocó la sentencia que había avalado la
apertura del concurso.
La oficina fiscal pidió la nulidad de la apertura del concurso, dictado
por el juez de Chubut y convalidado por la Sala D de la Cámara
Comercial, alegando la existencia de un "fraude concursal".
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Si bien la Cámara Comercial había comprobado que existió una conducta
fraudulenta, que fue la utilización de un domicilio ficticio en Chubut
para eludir la competencia del juez natural, priorizó el derecho de los
acreedores, que exigían que OIL cumpliese con sus obligaciones.
Esa determinación "resulta
sustentada en afirmaciones dogmáticas que dan fundamento aparente a la
decisión sin atender adecuadamente a las constancias de la causa,
afectando de modo directo e inmediato las garantías constitucionales del
debido proceso y de defensa en juicio que asisten a la recurrente", argumentó hoy la Corte Suprema.
Y agregó, en una
sentencia firmada por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena
Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti: "Que
la competencia del juez que debe intervenir en el proceso concursal se
halla expresamente dispuesta por la ley y constituye una previsión de
orden público, porque atiende a los intereses generales en juego propios
de un proceso colectivo que afecta la totalidad del patrimonio del
deudor, suspende el trámite de las acciones singulares y genera la
atracción al juzgado de radicación del proceso universal de los procesos
iniciados contra el concursado, alterando su competencia natural, a la
vez que convoca obligatoriamente a todos los acreedores a concurrir por
vía igualitaria de verificación, razón por la que la competencia deviene
improrrogable tácita o expresamente".
Detrás de los argumentos jurídicos hay una lectura política: la
AFIP se anotó una victoria en la batalla contra la petrolera por una
deuda de $8 mil millones, que la empresa de Cristóbal López retuvo
ilegalmente del Impuesto a la Transferencia de los Combustibles. Se trata de un tributo que pagan todos los automovilistas cada vez que cargan nafta. Se sospecha que con esa retención, López se hizo de fondos líquidos para financiar operaciones de otras empresas del Grupo Indalo.
La decisión de la Corte podría sumar una complicación a la intención
que hizo pública el empresario kirchnerista de desprenderse de parte de
sus negocios en la Argentina.
El fallo completo
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