#Temas de HOY: Despenalizacion del aborto | Mundial de Rusia 2018 | Selección Argentina de Fútbol | Clima en Santa Fe |
El Litoral | Economía
Miércoles 06.06.2018 | Última actualización | 7:44
7:40
Por “vulnerar” derechos
Jubilaciones: es inconstitucional el último aumento
A la par, la justicia ordenó recalcular haberes.
Foto: Internet
El Litoral economia@ellitoral.com
La
Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró
inconstitucional el artículo 2 de la ley de Reforma Previsional. De esta
manera, le ordenó al Gobierno restituir un 9% sobre los haberes de
jubilados y pensionados y aplicar así la fórmula de movilidad anterior.
Lo cierto es que este fallo servirá de precedente y podría aplicarse
para otros casos que lleguen a esta instancia judicial.
Por
lo pronto, el fallo responde a una demanda presentada por el abogado
Miguel Fernández Pastor, quien presentó una demanda por
inconstitucionalidad de la norma que podría extenderse al resto de los
jubilados que están en su misma condición.
Los
jueces sostuvieron que el Gobierno vulneró los derechos de los
jubilados al quitarles ese porcentaje, y que debía haber encontrado otra
forma. La instancia siguiente de apelación es la Corte Suprema de
Justicia, lo cual se descuenta el Gobierno hará. En la parte resolutiva,
el tribunal consideró que el artículo dos de la ley es inconstitucional
y “no aplicable” a los “haberes devengados entre el 1 de julio y el 29
de diciembre del 2017”.
La
decisión del tribunal ordena también que “dentro de los treinta días de
quedar firme este pronunciamiento, reliquide, conforme a lo dispuesto
por la Ley 26417, los haberes del actor correspondientes al citado
período, y se pongan al pago las cantidades resultantes, previo
descuento de las sumas ya abonadas por aplicación de la Ley 27.426”.
El
fallo está firmado por el juez subrogante Rodolfo Mario Milano, y los
camaristas titulares del tribunal Néstor Fasciolo y Martín Laclau.
Comentarios
Publicar un comentario